DECRETO EJECUTIVO 167 Y 168 DEL 3 DE JUNIO DE 2016 (REGULARIZACIÓN MIGRATORIA)

 

REGULARIZACION MIGRATORIA

Se trata del Decreto Ejecutivo 167 y 168 del 3 de junio de 2016 que establece el procedimiento de regularización migratoria general.

DECRETO EJECUTIVO 167 DEL 3 DE JUNIO DE 2016 Otras Nacionalidades

DECRETO EJECUTIVO 168 DEL 3 DE JUNIO DE 2016 Regulación Migratoria Chinos

A diferencia del anterior proceso de regulación conocido como Crisol de Razas, ahora los extranjeros deberán estar obligatoriamente inscritos en la Caja de Seguro Social o declarar Impuesto sobre La Renta.
El número de extranjeros que podrán regularizarse estará limitado por el gobierno. La cantidad de emigrantes que se podrá regularizar cada año se dará a conocer «a final de cada año».
El carnet, de carácter temporal, será emitido por un periodo de dos años.
Los costos de este proceso de regularización migratoria también fueron precisados en este decreto y dependerán de la nacionalidad del solicitante.
Ni los menores de 12 años ni los adultos mayores de 85 años pagarán por este trámite.
El documento señala que el 80% del dinero recaudado será destinado será destinado «al Ministerio de la Presidencia para ayuda social y seguridad» en tanto que el 20% restante para el recurso humano del Servicio Nacional de Migración.

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